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Antecedentes

Madrid a 07 de marzo de 2013

 

 

ANTECEDENTES

 

 

 

Con el fin de poder aclarar cual era la situación real de la negociación con la Consejería Sanidad de la Comunidad de Madrid, sobre un tema tan grave y sensible que afectaba a todos lo trabajadores de la Sanidad y poder compartir inquietudes  referentes a la negociación de la movilidad forzosa, el pasado martes 26 de febrero, AFEM, AME Y PATUSALUD, convocaron a todas las organizaciones sindicales presentes en la Mesa Sectorial a una reunión para el jueves 28 de febrero a las 17.00 horas en el Ilustre Colegio de Médicos de Madrid. Desafortunadamente ni un solo sindicato de la Mesa Sectorial, acudió a esta reunión. Una vez más asistimos a la actitud seguidista del Sindicato que “REPRESENTA”, los intereses del colectivo enfermero, en contra de la corriente mayoritaria de nuestra profesión.

 

Como todos conocéis el día 21 de febrero, se filtro a la prensa la versión número once del borrador sobre la movilidad forzosa, (en esta fecha vamos ya por la número quince).

 

La importancia del contenido de dicho borrador, radica, en que el Estatuto Marco no contempla la privatización de un Centro Sanitario como supuesto que justifique la movilidad del personal. Sin embargo, prevé que el personal Estatutario pueda ser destinado a Centros o Unidades ubicadas fuera del ámbito previsto en su nombramiento, de conformidad con lo que establezcan las normas o los planes de ordenación de RRHH de su servicio de salud, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos.

 

  1. Previa resolución motivada
  2. Con las garantías que en cada caso se dispongan
  3. Negociación en la Mesa Sectorial

 

Es decir, que la negociación (con o sin acuerdo) es una condición legal  formal para que el personal estatutario pueda ser destinado a otros centros.

 

Cumpliendo con el requisito formal de la negociación, la Consejería presentó un preacuerdo en la Mesa Sectorial. El borrador número once de este preacuerdo, establece, entre otras la reglas sobre la movilidad forzosa del personal por razón del servicio (art. 36 del Estatuto Marco), de forma que se incluye:

 

  1. El traslado de la actividad a otro centro
  2. Cambio de ubicación del centro de trabajo
  3. Concentración de actividades en un único centro
  4. Necesidades asistenciales justificadas
  5. Concentración de actividades en varios centros
  6. Cierre del centro

 

Todas ellas responden a los cambios previstos en el Plan de Medidas de Garantía para la Sostenibilidad del Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid.

 

Somos muchos los profesionales que consideramos que es necesaria la modernización de las estructuras políticas y sindicales, de forma que decisiones transcendentes para aquellos individuos a los cuales representan deban de ser transparentes y consensuadas. Sin embargo, hasta el momento actual todo el proceso de negociación de la movilidad forzosa ha sido opaco.

 

Entendemos, que tras la negociación con las Organizaciones Sindicales, la Consejería puede ya formalmente movilizar por razón del servicio a los trabajadores tras la privatización de los Centros Sanitarios, los pliegos podrían salir a partir de la publicación del Plan de Movilidad.

 

Desde AME, exigimos a los agentes sociales de la Mesa Sectorial que se manifiesten veraz y de modo transparente ante sus afiliados y restos de personal sanitario y no sanitario, puesto que como ellos mismos se han pronunciado a través de sus comunicados, poseen la legitimidad y competencia para ello.

 

 

 

 

 

 

Fdo. Comisión Gestora

 

 

 

 

 

ENFERMERÍA POR UNA SANIDAD

PÚBLICA Y DE CALIDAD

 

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