En el año 2014, una compañera de nuestra asociación decidió escribir el relato vivido, como acompañante, de una mujer durante todo el proceso de una interrupción voluntaria del embarazo en el Hospital universitario La Paz.
Tras la denuncia realizada hace solo unos días (más de 7 años después) por otra mujer esta vez en el Hospital universitario Clínico San Carlos), hemos decidido volver a reproducirlo:
LA REALIDAD DEL ABORTO EN MADRID HOY.
En plena polémica por el reabierto debate que el Anteproyecto de la Ley del aborto del Sr Ruiz Gallardón ha
provocado, echo de menos debates informados y análisis profundos de la situación real del aborto en España hoy. En general, solo escucho a tertulianos que hablan de oídas, con poco fundamento científico-sanitario y demasiada carga ideológica. Para los que somos partidarios de una ley de plazos y de la libertad de la mujer a decidir sobre su maternidad, dicho anteproyecto, nos alarma. Pero la realidad que hoy están viviendo las mujeres españolas que deciden interrumpir su embarazo no es precisamente idílica, a pesar de la vigencia de la “Ley Orgánica 2/2010, de 3 de marzo, de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo (IVE)”, que teóricamente regula y protege el derecho de la mujer a interrumpirlo. La realidad es que el proceso está lleno de obstáculos que rayan en el maltrato, cuanto menos psicológico, de estas mujeres.
Muy a mi pesar, acabo de vivir la experiencia de una interrupción junto a un familiar muy cercano. Como antecedentes del hecho diré que se trata de una pareja que tras años de estudio y tratamiento de fertilidad logran tener su primer embarazo. Éste cursa con amenaza de aborto desde la semana 12, y posteriormente con sospecha de rotura de membranas y diagnóstico de oligoamnios severo desde la semana 16. Los días pasan lentamente, con la esperanza de que el reposo, las leyes de la naturaleza o la fortuna, hagan que el insuficiente líquido amniótico se recupere. Sin embargo en la semana 20 se evidencia la rotura prematura de membranas con la pérdida total del ya mermado líquido amniótico. La mujer es ingresada en el servicio de embarazo patológico por el alto riesgo de infección, con reposo absoluto y un nuevo ciclo antibiótico
intravenoso. La viabilidad del feto en estas condiciones es nula, la presión que la pared uterina hace sobre él le impedirá desarrollar y madurar sus recién formados órganos. Ante la ausencia de alternativas, salvo esperar el fallecimiento del feto intraútero y con el riesgo que existe para la madre prolongar el embarazo, ya avanzado; la pareja decide interrumpir el embarazo acogiéndose al supuesto de no haberse superado las 22 semanas de gestación y existir riesgo de graves anomalías fetales.
La propia decisión y su forma de llamarla hace daño, ¿interrupción voluntaria?, más bien obligada por las circunstancias. Como si esta pareja quisiera tener que interrumpir un embarazo tan buscado y anhelado.
Y a partir de aquí se inicia un proceso lleno de obstáculos y despropósitos. El Hospital La Paz resulta ser insumiso, yo pensaba que la objeción de conciencia era un derecho individual del profesional y no de los centros o las instituciones.
La Ley 2/2010 en su artículo 19.2 dice textualmente: “Los profesionales sanitarios directamente implicados en la interrupción del embarazo tendrán el derecho de ejercer la objeción de conciencia sin que el acceso y la calidad asistencial de la prestación puedan resultar menoscabadas por el ejercicio de la objeción de conciencia”. Sin embargo, la colaboración del médico titular, ante la ausencia de protocolos establecidos en el hospital, se reduce a proporcionar un teléfono, el de la Departamento de IVE de la Consejería de Sanidad de la CAM para que sea la propia mujer la que se gestione la interrupción y posteriormente firmarle el alta médica para que se autotraslade al centro que desde la Consejería les ofertan.
¿No debería ser el propio centro el que lo gestionara? ¿No debería realizarse un traslado interhospitalario?
Pues la respuesta es NO, la mujer pasa de estar reposando en cama, con administración intravenosa de antibióticos a vestirse, acudir a la Consejería para tramitar personalmente la documentación y trasladarse por su propio pie a la clínica privada que el Departamento de IVE les ha ofertado. Una vez allí, la mujer vuelve a quedar ingresada por ser una interrupción de alto riesgo (>12 semanas de gestación).
Al menos la mujer tiene pareja que le acompaña en todo este duro proceso.
Desde la Consejería no les ofertan ningún centro público de la extensa red sanitaria pública que dispone Madrid, y es que la realidad estadística es que la mayoría de las IVE se realizan en centros privados (Según los últimos informes epidemiológicos publicados por la CAM >99%) Lo que supone la privatización de facto de la prestación que la ley en su artículo 18 regula, obligando a los servicios públicos de salud a incluir en la cartera de servicios comunes del SNS dicha prestación. Y por otro lado, impide que la mujer ejerza el derecho a la libre elección de médico especialista que promulga la Ley 6/2009, de 16 de noviembre, de Libertad de Elección en la Sanidad de la CAM.
Con los dedos cruzados asistimos a una interrupción que afortunadamente resulta ser rápida y sin complicaciones. La amplia experiencia de la clínica que lleva años haciéndole el trabajo sucio a la Consejería habrá tenido algo que ver, a pesar de que cuando se inicia el expulsivo el médico intervencionista ni siquiera se encuentra en el centro. Las enfermeras comentan preocupadas este extremo sin ser conscientes de que la mujer, desde su diminuta habitación interior (ni siquiera dispone de ventana) les está escuchando sorprendida.
Para finalizar tan esperpéntico calvario está la tramitación del estudio necrópsico de los restos abortivos quel a pareja desea realizar para descartar alguna patología o anomalía genética que haya podido provocar el fatal desenlace del embarazo e incluso los problemas previos de fertilidad.
Una vez más los facultativos del Hospital de La Paz ignoran como gestionarlo y vuelven a dejar en manos del a pareja la tramitación. Por indicación del Departamento de IVE de la Consejería acceden, previa autorización expresa del Jefe de Servicio de Obstetricia, a rellenar las solicitudes pertinentes para el estudio anatomo-patológio y genético. Con dichos volantes, me encargo personalmente de su traslado evitando semejante trago a los ya dolientes padres. Prefiero no pensar si he podido incurrir en alguna falta por haberlo hecho, ya que teóricamente el traslado de restos humanos procedentes de abortos está regulado en el Decreto 124/1997, de 9 de octubre, sobre Reglamento de Sanidad Mortuoria y en él sólo se contempla la figura de los servicios y empresas funerarias para estos fines.
El caso aquí expuesto ocurre en la Comunidad de Madrid, pero la realidad en el resto de España es bastante similar y en algunas comunidades incluso peor, por no disponer si quiera de centros que realicen las interrupciones lo que les obliga a trasladarse a comunidades vecinas.
Finalizo este escrito, con el que pretendo denunciar públicamente la nefasta atención prestada a las mujeres que interrumpen su embarazo y la hipocresía de los responsables sanitarios que lo consienten, deseando que el Anteproyecto de Ley del Aborto del Sr Ruiz Gallardón sea retirado y dirigiéndome a las Autoridades Sanitarias Madrileñas a las que insto a:
- Que se garantice la prestación efectiva de la IVE en la Red Sanitaria Pública, con la garantía que dichos centros ofrecen a nivel de recursos tanto humanos, como materiales.
- Que se regule la objeción de conciencia, que es un derecho individual reconocido, pero que no debe ser invocado por los centros sanitarios. Y que se dote de equipos y profesionales cualificados dispuestos a atender las IVE que se presentan en los Centros Públicos.
- Que se elaboren protocolos de actuación en caso de IVE y se forme a los profesionales de manera suficiente sobre su abordaje.
- Y que se elaboren protocolos y se forme a los profesionales implicados en la atención a las madres y padres en el duelo perinatal.
Con todo mi cariño para M. y D.
Mª del Mar Buñuel
(Mujer, Madre y Enfermera)
Es lamentable esto. Y en el caso que se mencionan no es exactamente una interrupción voluntaria del embarazo, que ya está condenado a muerte por la naturaleza. No se entiende