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Petición de información a las direcciones de enfermería tras la aprobación del RD 954/2015 por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por enfermeros.

D/Dña……………………………………………….. con DNI ………………………… Nº Colegiado………….con domicilio de comunicación ………………………………………, ……………………………………………………………………., expongo:
1º. A partir de la publicación del Real Decreto 954/2015, de 23 de octubre (http://www.boe.es/boe/dias/2015/12/23/pdfs/BOE-A-2015-14028.pdf), por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios de uso humano por parte de los enfermeros, se ha creado un estado de incertidumbre jurídica y competencial sin precedentes entre los profesionales de enfermería a nivel nacional:

El Gobierno del PP traiciona y humilla a la enfermería con el decreto de prescripción

El Gobierno del PP traiciona y humilla a la enfermería con el decreto de prescripción

Los enfermeros, indefensos ante el nuevo decreto de la prescripción de medicamentos:

http://www.diariocritico.com/noticia/489867/salud/los-enfermeros-indefensos-ante-el-nuevo-decreto-de-la-prescripcion-de-medicamentos.html

 

2º. Que la llamada Mesa de la Profesión de Enfermería constituida por el Consejo General de Enfermería y el sindicato SATSE rechazan rotundamente el artículo 3.2 del mencionado decreto:

…….”En todo caso, para que los enfermeros acreditados puedan llevar a cabo las actuaciones contempladas en este artículo respecto de los medicamentos sujetos a prescripción médica, será necesario que el correspondiente profesional prescriptor haya determinado previamente el diagnóstico, la prescripción y el protocolo o guía de práctica clínica y asistencial a seguir, validado conforme a lo establecido en el artículo 6. Será en el marco de dicha guía o protocolo en el que deberán realizarse aquellas actuaciones, las cuales serán objeto de seguimiento por parte del profesional sanitario que lo haya determinado a los efectos de su adecuación al mismo, así como de la seguridad del proceso y de la efectividad conseguida por el tratamiento”.

3º. Que la Mesa de la Profesión Enfermera está realizando una campaña informativa con instrucciones para el colectivo enfermero con el fin de adaptar la práctica enfermera a la nueva normativa. Acciones que van desde la huelga competencial de la enfermería, hasta la omisión de órdenes médicas verbales no sujetas a normativa:

La mesa de la profesión enfermera programa acciones de lucha contra el RD de prescripción. http://www.consejogeneralenfermeria.org/index.php/sala-de-prensa/noticias/item/23824-la-mesa-de-la-profesion-enfermera-programa-acciones-de-lucha-contra-el-rd-de-prescripcion#.VoQ236_2GrU

El 75% de la enfermería apoyan la huelga competencial contra veo RD de prescripción enfermera http://codegu.es/index.php/comunicaciones/real-decreto-prescripcion-enfermera/168-el-75-de-las-enfermeras-apoya-la-huelga-competencial-contra-el-rd-de-prescripcion

La Mesa Enfermera recomienda a la profesión no aceptar órdenes verbales del médico:

http://www.redaccionmedica.com/noticia/la-mesa-enfermera-recomienda-a-la-profesion-no-aceptar-ordenes-verbales-del-medico-92199

4º. Que hasta la fecha no ha se producido ninguna declaración pública institucional, ni instrucciones a seguir sobre aplicación del RD que regula parte de las competencias y facultades de la profesión enfermera por parte de las direcciones de enfermería de los centros sanitarios dependientes del SERMAS y SUMMA 112, del Consejero de sanidad del Comunidad de Madrid, o del Colegio de Enfermería de Madrid. Organismos, instituciones y representantes que suponemos marcan las líneas de organización, gestión y praxis enfermera de los profesionales de enfermería en la Comunidad de Madrid.

5º. Que ante los hechos mencionados y teniendo como partida la inseguridad jurídica y práctica del RD, se está creando un conflicto profesional ajeno a la voluntad mayoritaria entre diversos estamentos profesionales, poniendo en riesgo las relaciones de equipo, así como la calidad asistencial de los pacientes.
Por lo expuesto, SOLICITO:

1º. Que la Direcciones de Enfermería realicen el asesoramiento jurídico pertinente que defina claramente la líneas competenciales de la enfermería contenidas en el Real Decreto 954/2015 así como un informe de responsabilidad civil como contratantes/ empleadores de profesionales enfermeros frente al RD.
2º. Que la Consejería de sanidad de la CM valore jurídicamente la aplicación del RD, así como la idoneidad de acreditar a los profesionales de enfermería para realizar actividades relacionas con la indicación, uso y autorización de medicamentos, puesto que la titulación, experiencia, práctica y conocimiento ya nos acreditan para dicha práctica. Así mismo valoren su contradicción con la Ley 14/1986, de 25 de abril General de Sanidad, Ley 44/2003 de Ordenación de las Profesiones Sanitarias (LOPS) así como la constitución española en su artículo 43 y código deontológico de enfermería española, base sobre las que se sustentan las competencias y praxis enfermeras generales dentro del sistema sanitario de salud español.
3º. Que el Ilustre colegio de enfermería de Madrid no eluda su responsabilidad como interlocutor y defensor de la profesión enfermera comprendidos en Título I artículo 2 de sus propios estatutos e igualmente elabore su propio informe jurídico y sea interlocutor válido junto con la administración en la resolución del incipiente conflicto profesional y competencial.
4º. Que sea remitido por escrito a todos los profesionales de enfermería del sistema sanitario madrileño instrucciones detalladas sobre el modo de proceder ante los aparentes cambios que supone la aplicación del RD, así como los canales de comunicación y difusión idóneos a través de las direcciones asistenciales, supervisores y responsables de enfermería.
5º. Llegados al caso, que se empleen los medios informativos idóneos a pacientes y usuarios del sistema sanitario madrileño relacionado con los posibles cambios que pudieran llevarse a cabo como consecuencia de la aplicación del RD.
6º. Que la siguiente carta consta de 2 páginas que serán remitidas al Consejero de Sanidad de la CM, a la dirección de enfermería del centro de trabajo …………………………………………, y al presidente del colegio de enfermería de Madrid.
En…………………………………..……. a …….. de …………….….. de 2016

– Mail del consejero de sanidad de la Comunidad de Madrid: consejero.sanidad@salud.madrid.org

– Mail del Ilustre Colegio de enfermería de Madrid: oficina@codem.es

 

4 comentarios en “Petición de información a las direcciones de enfermería tras la aprobación del RD 954/2015 por el que se regula la indicación, uso y autorización de dispensación de medicamentos y productos sanitarios por enfermeros.

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  2. Rossana Díaz Gárate dijo:

    Es impresindible el respaldo juridico en este campo de actuación de enfermería y el Colegio de Enfermería deberia estar en primera línea para verificar y salvaguardar cada paso que se dé en este sentido

    Responder
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